CORRIENTES | 03/04/2013
SUTECO ratifica el plan de acción para abril

La Junta Ejecutiva Provincial de SUTECO/CTERA ratifica el plan de acción gremial en demanda de una oferta salarial superadora y de una campaña efectiva de refacción y mantenimiento de escuelas.-

Dicho plan consiste en la realización, desde el lunes 8 al jueves 11 de abril, de volanteadas frente a las escuelas para explicar a la sociedad la situación del conflicto educativo, actividad que estará a cargo de los docentes en los recreos de distintas instituciones escolares. Asimismo se expondrán fotografías del estado edilicio de los establecimientos educativos.-
 
Finalmente, en horas de la mañana del viernes 12 se concretará la gran movilización provincial en el marco de un paro docente de 24 horas, que contará con la presencia de la Secretaria General de CTERA, Stella Maldonado, y de dirigentes de los sindicatos docentes de la región.-
 
SE PRESENTÓ RECURSO CONTRA MEDIDA DE LA DIRECCIÓN DE TRABAJO DE LA PROVINCIA
 
El pasado martes 26, la dirigencia de SUTECO presentó un recurso formal contra la disposición de la Dirección de Trabajo que había establecido una supuesta ilegalidad del último paro docente del 15 de marzo.
 
En la presentación, SUTECO afirma que la Disposición Nº 352/13 DT posee graves vicios que la invalidan de nulidad absoluta e insanable, a saber:
 
Que la Dirección de Trabajo afirma en la Disp. 352/13 que el “SUTECO no puede adoptar medidas de acción directa porque se ha tornado abstracta la materia del conflicto con el acuerdo celebrado el 8 de marzo/13 por Acdp, Uda, Amet y Mud”, pero no ha tenido en cuenta que el acto de firma se llevó a cabo en un ámbito sin regulación legal alguna, a punto que se firmó en la sede del Ministerio de Educación y no en el ámbito de la Dirección de Trabajo, cuestión que no es menor ya que ello conlleva reconocer que tal acuerdo no es el resultado del procedimiento sustanciado en el Expte. administrativo que luego desembocó en la supuesta ilegalidad del paro.-
 
Por otra parte, contradictoriamente, la Dirección de Trabajo hace saber a SUTECO que “debe abstenerse –bajo amenaza de sanción- de adoptar medida de acción directa por carecer de legitimidad para representar los intereses colectivos del trabajador docente”, olvidando que esa misma Dirección como la H. Legislatura de la Provincia le han reconocido tal legitimidad. La Dirección de Trabajo en los Exptes. Nº 524-751 / 2009 y Nº 524-4974 / 2012 y la H. Legislatura al sancionar la ley Nº 6030/11 de Convenio Colectivo para el Trabajador Docente (Art. 3º).-
 
Es notable el desconocimiento que tiene la Dirección de Trabajo respecto del accionar de SUTECO, ya que el Ministerio de Trabajo de la Nación mediante la Resolución Nº 89/95, aprobó el Estatuto Social del SUTECO y le otorgó Personería Jurídica, facultando al Congreso Extraordinario, a las Asambleas de Seccionales y a la Junta Ejecutiva Provincial a ejercer el derecho colectivo de declarar medidas de acción directa (Arts. 86 inc. c; 87 y 89 del Estatuto Social). Que, sobre este punto el Art. 14 del Dto. 467/88 (reglamentario de la Ley de Asociaciones Sindicales Nº 23.551) establece que “se deberá establecer cuáles son los órganos de la asociación sindical facultados para disponerla y el procedimiento para adoptar la decisión”.-
 
Finalmente, existe otra cuestión que pone en tela de juicio la legitimidad de la Disposición Nº 352/13, ya que el órganoadministrativo (Dirección de Trabajo) que ha dictado tal Disposición, es nada más y nada menos que una dependencia del Poder Ejecutivo Provincial, como lo es el Ministerio de Educación-Estado Provincial, parte empleadora en el conflicto colectivo con los sindicatos docentes, con lo cual se violan inclusive las más elementales normas éticas que debe cumplir todo funcionario público.-

Ctes, 2 de abril de 2013.-
JUNTA EJECUTIVA PROVINCIAL SUTECO/CTERA

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