| 19/08/2024
Procesaron a un abogado por el secuestro extorsivo de un empresario portuario
La justicia procesó al abogado José Uriburu por el presunto secuestro de Gustavo Tallone, quien aún no aparece. Este último también tiene una causa por lavado.

El juez federal de Concepción del Uruguay, Pablo Seró, procesó con prisión preventiva a dos hombres, uno de ellos empresario portuario y abogado José Uriburu, por el secuestro extorsivo del empresario Gustavo Tallone del que aún se desconoce el paradero. Este último, a su vez, está siendo investigado por supuesto lavado narco.

La resolución contra el empresario entrerriano Uriburu alcanza también a Gustavo Juliá, un condenado por narcotráfico a nivel internacional. Ambos están imputados en calidad de coautores del delito de secuestro extorsivo agravado por el cobro del rescate y por la participación de más de tres personas.

El juez también ordenó trabar un embargo sobre sus bienes por las sumas de cinco y diez millones de pesos para cada uno de ellos. Esta medida fue dictada en línea con el pedido de la titular de la Fiscalía Federal de Primera Instancia de Concepción del Uruguay, Josefina Minatta, junto con la Unidad Fiscal Especializada en Criminalidad Organizada (UFECO), a cargo del fiscal Santiago Marquevich.

Según la acusación difundida por el sitio de la Procuración, ambos "están acusados de haber intervenido, junto a un hombre que se encuentra prófugo y otras dos personas más, en la sustracción, retención y ocultamiento de un empresario entrerriano (NdelaR: Tallone) para obtener rescate a cambio de su liberación. Si bien el propósito fue concretado, aún se desconoce el paradero de la víctima".

Oficialmente también se confirmó que el empresario secuestrado "estaba siendo investigado en el marco de otra causa de lavado de dinero proveniente del narcotráfico" a cargo de la fiscalía de Minatta.

Cabe recordar que Uriburu fue noticia provincial en mayo cuando denunció haber pagado coimas en dólares a ex funcionarios del Puerto de Concepción del Uruguay del gobierno de Gustavo Bordet y hasta involucró al Fiscal de Estado Julio Rodríguez Signes.

Según la acusación, el hecho delictivo tuvo lugar el pasado 8 de julio, al mediodía, cuando uno de los imputados, a instancias de los otros, citó a una reunión al empresario Tallone en cercanías de un hotel de la zona porteña del Abasto haciéndole creer que se encontraría con una persona que lo ayudaría a solucionar un conflicto que tenía por un depósito fiscal en el puerto de la ciudad de Concepción del Uruguay.

Al llegar al lugar, el empresario se encontró con uno de los procesados y juntos abordaron un automóvil Volkswagen Gol y se dirigieron hasta un domicilio ubicado en la localidad bonaerense de Benavídez, donde arribaron alrededor de las 15. Toda la secuencia fue monitoreada por el abogado que se encontraba a bordo de un vehículo marca Audi Q3 de su propiedad.

Allí, los captores, con ayuda de dos personas más aún no identificadas, lo privaron de su libertad, lo golpearon e interrogaron y luego solicitaron como rescate cobrar una suma de dinero en dólares.

De esta manera, obligaron al empresario a llamar por teléfono a una persona de confianza a fin de que retire dinero de una galería comercial ubicada en el barrio porteño de Caballito, para entregar a sus captores.

Según la investigación, uno de los hombres procesados habría sido el encargado de recibir dicho dinero en una estación de servicio Shell, ubicada en avenida Cabildo 4701, en el barrio porteño de Núñez, entre las 21.30 y 21.47 ese mismo 8 de julio, acompañado de uno de los imputados que aún se encuentra prófugo.

En esa estación de servicio, la persona de confianza del empresario le entregó el sobre con dinero a uno de los imputados, quien a su vez le pasó el dinero a otra persona que aguardaba en un automóvil Volkswagen Gol, y se retiró caminando hacia una parada de colectivos.

Pese a haberse concretado ese pago, el abogado intentó conseguir más dinero y envió otros tres mensajes extorsivos a un familiar de la víctima. Pero luego, los captores dejaron de comunicarse con la familia y el paradero del empresario aún se desconoce.

El rol del acusado de “engañar” al empresario

El juez Seró consideró que, tal como surge de la investigación, el mecanismo a través del cual se produjo la sustracción del empresario "fue a través de un engaño" llevado adelante por uno de los procesados, “quien falsamente le hizo creer a la víctima que llevarían adelante una reunión con la finalidad de recuperar el manejo del depósito fiscal del puerto de esta ciudad”. Sin embargo, esto se trató de una puesta en escena desplegada por uno de los procesados para lograr que el empresario se presentara voluntariamente al encuentro y poder llevar adelante su secuestro.

En ese sentido, los imputados "cumplieron un papel trascendental en los hechos investigados, dado que fueron quienes diagramaron el plan criminal, prepararon el terreno y tendieron el señuelo" para que el empresario "caiga en la redada que iba a culminar en la privación ilegítima de su libertad. Pero no solo eso, sino que también participó del posterior traslado a la vivienda de la localidad de Benavidez, de su retención y del cobro del rescate”.

A su vez, para Seró se encuentra acreditado que uno de los acusados percibió por parte de una persona de confianza del empresario un sobre que contenía entre 50 mil y 100 mil dólares. Ese monto integraría parte del rescate exigido por los captores que le habrían hecho gestionar a la propia víctima bajo amenazas.

Por otro lado, el juez también aseguró que se encuentra debidamente probado que los familiares de la víctima recibieron mensajes telefónicos exigiendo el pago de un rescate para la liberación de su padre.

En efecto, el juez Seró sostuvo que “está claro” que las tres modalidades fueron verificadas, dado que el empresario fue privado de su libertad mediante el accionar de los dos procesados y otras personas, quienes lo mantuvieron cautivo y oculto en una vivienda de la localidad de Benavidez, provincia de Buenos Aires, al menos durante el 8 de julio, existiendo la posibilidad de que aún continúe en ese estado, sin conocerse su actual paradero.

Además, aseguró que de la mecánica de los hechos “no hay dudas” de que en este caso ha existido un “plan pergeñado” con el fin de cometer un secuestro extorsivo en perjuicio del empresario entrerriano.

La responsabilidad endilgada al abogado procesado

Por su parte, el juez consideró que el letrado imputado desplegó, Uriburu, junto al otro procesado y otras tres personas, un plan criminal que consistió en una maniobra de engaño, tendiente a hacer incurrir en error al empresario, lo que lo llevó a abordar el automóvil Vokswagen Gol Trend en la zona cercana al shopping Abasto, donde fue de forma inmediata ilegalmente privado de su libertad, para ser posteriormente trasladado a la vivienda de la localidad de Benavidez, en el partido bonaerense de Tigre.

Por otro lado, advirtió que “no debe pasarse por alto” lo declarado por el entorno cercano a la víctima, que entre el imputado abogado y el empresario secuestrado existía un fuerte conflicto vinculado con el manejo del puerto de Concepción del Uruguay. “En todas estas declaraciones, los testigos señalan al abogado como la persona que podría atentar contra el empresario. A través de la presente investigación, se pudo constatar que ambos mantenían una fuerte disputa económica, en la que el abogado imputado le reclamaba la sustracción de drogas y 800 mil dólares. Ambos tenían vinculación con el puerto de Concepción del Uruguay, donde surgió este enfrentamiento. Así lo han señalado los testigos que fueron entrevistados por Policía Federal, resultando que todos ellos mencionaron los problemas existentes entre ellos dos”, destacó el juez Seró.

Además, el juez aseguró que el abogado aportó la quinta para el secuestro, aportó el apoyo al vehículo GOL y efectuó un seguimiento continuo de toda la maniobra desde su AUDI Q3. En base a ello, consideró que “existen elementos suficientes en la causa para concluir que el abogado ideó, coordinó y dirigió, la privación de libertad del empresario”.
División de tareas

Por otra parte, el juez Seró sostuvo que la conducta desarrollada por ambos procesados se encuentra agravada por la pluralidad de intervinientes, dado que habrían intervenido en el hecho más de tres personas, tal como ha sido expuesto a lo largo de este resolutorio.

Finalmente, señaló que en el caso existió una división de tareas por parte de los involucrados “que impide considerar el aporte de cada uno en forma atomística o fragmentada, en tanto de esa manera no logra apreciarse la verdadera significación de la actuación conjunta. “Ambos intervinieron en todas las etapas que se han advertido en el secuestro investigado, dado que actuó tanto en la preparación y en la consumación, como en el cobro del rescate”, concluyó.

Fuente: Diario Uno Entre Ríos

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